¿Tiene la lengua algún lugar en el mercado europeo?
En su proceso de unificación, Europa tomó como punto de partida el mercado, en su afán por alcanzar una mayor y más firme unidad entre los pueblos. El mercado como base de la unidad... Son muchos los que temen que en el camino hacia esa unidad, el mercado haya dejado de ser cimiento, para convertirse sencillamente en objetivo.
Sea como fuere, reconozcamos que en el proceso europeo las exigencias del mercado único han sido decisivas, pues han establecido el límite entre lo posible y lo imposible.
Hay, sin embargo, en ese germen europeo, por un lado, fuertes identidades políticas; y por otro, toda una serie de culturas y lenguas que, a menudo, demandan protección.
En el proceso de unificación europea, no siempre ha sido fácil atender las demandas de culturas específicas, salvaguardando al mismo tiempo las exigencias del mercado. Solo en ocasiones contadas, en casos verdaderamente excepcionales, se han impuesto límites al mercado. En el resto, ha imperado siempre la fuerza todopoderosa del mercado, una fuerza que no conoce fronteras.
La judicatura ha jugado, por lo general, un papel especialmente activo e interesante en el proceso de unificación europea, como impulsora de los logros de la unificación, sea en cuestiones que cabe calificar como satisfactorias, sea en cuestiones más discutibles, ya que, en todo caso, las leyes del mercado han marcado su prioridad.
Dicho todo lo cual, el lector comprenderá fácilmente que subrayemos de forma especial la sentencia dictada hace ya algunos meses, concretamente el 13 de diciembre de 2007, en Luxemburgo, por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso United Pan-Europe Communications Belgium (Asunto C-250/06).
La región de Bruselas tiene dos lenguas oficiales, en virtud de lo cual las autoridades imponen una obligación a las empresas que quieran prestar servicios de televisión por cable: deben ofrecer programas de las cadenas relacionadas con ambas comunidades lingüísticas, así como de las que tienen el estatus de must carry.
En dicho contencioso, diversas televisiones privadas ponían en cuestión la obligación impuesta por las autoridades la región de Bruselas, bajo el argumento de que limitaba la libre prestación de servicios, quebrantando así uno de los fundamentos más sólidos del mercado único de las comunidades europeas. Sin embargo, el Tribunal de Luxemburgo ha tomado en consideración, en este caso, el carácter bilingüe de la región de Bruselas.
El Tribunal de Justicia afirma que en regiones bilingües son lícitas las obligaciones impuestas para preservar la identidad lingüística y cultural de las comunidades en juego, incluso si con ello se restringe la libertad de empresa. Los poderes públicos pueden imponer a los distribuidores de servicios de televisión la obligatoriedad de emitir programas para ambas comunidades lingüísticas, puesto que con esa medida se garantiza la pervivencia de las particularidades culturales de la sociedad y su identidad bilingüe.
Parece que las lenguas pueden tener un lugar en el proceso hacia una Europa unida, muy a pesar de que ello obligue a ajustar las insaciables exigencias del mercado. El futuro nos dirá si el Tribunal de Justicia continuará desbrozando dicho camino o se acomodará definitivamente al amparo del todopoderoso mercado.
Alberto López Basaguren
Catedrático de Derecho Constitucional de la UPV





